Nueva Escala Salarial Abril 2026

Compañeras y compañeros

La Fateryh y las cámaras del sector empleador ratificaron la vigencia de la totalidad de las cláusulas del convenio colectivo de trabajo de la actividad de los trabajadores y trabajadoras de edificios de renta y horizontal y asimismo en cumplimiento del compromiso asumido en la anterior reunión paritaria en la que se firmara el acuerdo paritario – Ex 2025-144266623-APN-DGDYD#JGM-, estimaron conveniente establecer, dada la actual situación económica y el costo de vida, una modificación salarial para la remuneración que se devengue por el mes de abril de 2026:

• Adicionar al básico de la cuarta categoría establecida en el Art. 6 del CCT 589/10 la suma de Pesos Veinte mil ($20.000) para el trabajador de jornada completa y la de Pesos Diez Mil ($10.000) para las restantes categorías establecidas en el referido artículo, importes que serán descontados de la suma fija remuneratoria pactada en el acuerdo salarial de fecha diciembre 2025.
• Al importe así obtenido deberá calcularse un incremento del 2% (dos por ciento) sobre el salario básico correspondiente al mes de marzo de 2026 para la cuarta categoría establecida en el art. 6 del CCT 589/10, aplicándose a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo, en concepto de remuneración del mes de abril de 2026.
• La suma fija remuneratorio mensual se establece en Pesos Cien Mil ($100.000) a calcular en forma proporcional para todas las categorías de trabajo, que se abonará conjuntamente con las remuneraciones que se devenguen mensualmente a partir de la remuneración a abonar en abril del 2026.

El Suterh, apelando a su fortaleza gremial continúa defendiendo los derechos de nuestros trabajadores y trabajadoras, la estabilidad laboral y el poder adquisitivo de nuestros salarios. Este seguirá siendo nuestro compromiso permanente.

Víctor Santa María
Secretario General Suterh y Fateryh

 

 

ACTA ACUERDO

Las partes representantes del sector trabajador y del sector empleador manifiestan que ratifican la vigencia de la totalidad de las cláusulas del convenio colectivo de trabajo de la actividad de los trabajadores y trabajadoras de edificios de renta y horizontal.

Asimismo, y considerando el compromiso asumido en la anterior reunión paritaria en el que se firmara el acuerdo paritario – Ex 2025-144266623-APN-DGDYD#JGM-, y dada la actual situación económica y el costo de vida, estiman conveniente establecer una modificación salarial para la remuneración que se devengue por el mes de abril de 2026.

• Adicionar al básico de la cuarta categoría establecida en el Art. 6 del CCT 589/10 la suma de Pesos Veinte mil ($20.000) para el trabajador de jornada completa y la de Pesos Diez Mil ($10.000) para las restantes categorías establecidas en el referido artículo, importes que serán descontados de la suma fija remuneratoria pactada en el acuerdo salarial de fecha diciembre 2025.
• Al importe así obtenido deberá calcularse un incremento del 2% (dos por ciento) sobre el salario básico correspondiente al mes de marzo de 2026 para la cuarta categoría establecida en el art. 6 del CCT 589/10, aplicándose a los adicionales de convenio y en forma proporcional a las restantes categorías establecidas en el referido artículo, en concepto de remuneración del mes de abril de 2026.
• La suma fija remuneratoria mensual se establece en Pesos Cien Mil ($100.000) a calcular en forma proporcional para todas las categorías de trabajo, que se abonará conjuntamente con las remuneraciones que se devenguen mensualmente a partir de la remuneración a abonar en abril del 2026.